Mercadona instala un sistema de reconocimiento facial en sus supermercados: cómo funciona y por qué genera importantes dudas sobre la privacidad
Mercadona ha anunciado la instalación de un sistema de reconocimiento facial para sus supermercados, creado para detectar personas con una «sentencia firme de orden de alejamiento del establecimiento en menos de 0,3 segundos», según explica la compañía.
A continuación os explicamos qué pretende Mercadona con este nuevo sistema, cómo funciona la empresa tecnológica que está detrás y qué implicaciones tiene a nivel legal sobre la privacidad de los clientes.
Un sistema activo en 40 tiendas
La cadena de supermercados ha instalado su nuevo sistema de reconocimiento facial en unas 40 tiendas de Mallorca, Zaragoza y Valencia. Según describe la compañía, las tiendas que utilicen este sistema tendrán un cartel informativo disponible en los accesos.
Jesús Ruiz, director institucional de Mercadona en Castilla-La Mancha, destacaba este sistema durante la apertura de uno de los nuevos supermercados. Unas cámaras con reconocimiento facial para «facilitar el trabajo a la Guardia Civil y la Policía si necesitase las grabaciones».
El sistema está creado para detectar personas con «sentencia firme y medida cautelar de orden de alejamiento del establecimiento, dictadas por un juzgado, con el objetivo de reforzar la seguridad de sus clientes y trabajadores». Una vez detectada que esta persona quiere entrar en el establecimiento, permite alertar a las fuerzas y cuerpos de seguridad, responsables de hacer cumplir la orden de alejamiento.
Según describe Mercadona, este sistema «no guarda ningún tipo de información adicional» y la imagen es eliminada en su totalidad en 0,3 segundos, duración de todo el proceso de identificación y descarte.
Quién es AnyVision, la compañía israelí detrás del reconocimiento facial
El proveedor del sistema de cámaras y reconocimiento facial de Mercadona es la empresa israelí AnyVision. Según describe la propia compañía, se trata del «diseñador y desarrollador líder mundial de plataformas de reconocimiento». AnyVision fue fundado en 2015 y ha creado una «tecnología de software que aprende sobre la fuente y es personalizable, y se ejecuta en múltiples plataformas, incluida la infraestructura de CCTV existente».
Entre sus clientes se encuentran empresas como Bosch, Milestone, NVIDIA o Genetec. No figura directamente Mercadona, pero sí anunciaron una alianza con Telefónica en 2018. Según describía el operador, «la tecnología en inteligencia artificial de AnyVision se integrará en la proporcionada por Telefónica para ofrecer soluciones end-to-end personalizadas y proyectos llave en mano para los clientes».
Entre los productos que ofrece AnyVision se encuentra, según describe su página web, un sistema «automatizado de alerta de listas de vigilancia que identifica a las personas de interés y su historial de contactos en tiempo real e históricamente al tiempo que protege la identidad de los transeúntes». Este sistema puede integrarse en cualquier cámara, promete una velocidad de detección de 0,2 segundos y un 0,1% de alarmas falsas.
Qué explica Mercadona
Según explican desde Mercadona, el nuevo sistema de «detección anticipada en las cámaras de acceso a nuestras tiendas» está creado para «reforzar la seguridad». El sistema «detecta, única y exclusivamente, la entrada de personas con sentencias firmes y medida cautelar de orden de alejamiento en vigor contra Mercadona o contra alguno de sus trabajadoras o trabajadores».
Desde hace años Mercadona lleva arrastrando problemas con los robos y hurtos en sus supermercados, incluso provocando algunas polémicas pasadas. Con este sistema de seguridad, Mercadona instala una herramienta para permitir identificar a aquellos delincuentes contra los que mantiene una orden de alejamiento.
Otro de los casos donde se aplicaría este sistema es para casos de violencia de género, donde el sistema de reconocimiento facial identificaría a aquellas exparejas que quieran acercarse a las distintas empleadas de los supermercados y cuenten con una orden expresa de alejamiento.
La compañía explica que toda la infraestructura se ha llevado a cabo «siempre en constante contacto con las autoridades correspondientes para garantizar la total protección y todas sus garantías legales».
Mercadona como gran ejemplo del debate sobre el reconocimiento facial
El sistema instalado por Mercadona es un perfecto ejemplo de las implicaciones que tiene el reconocimiento facial a nivel legal. Según explican los responsables, el sistema de AnyVision «realiza la identificación en tiempo real y borra inmediatamente toda la información, únicamente utilizando los resultados positivos para ponerse en contacto con las autoridades en caso de detección».
A finales de mayo, la Agencia Española de Protección de Datos publicaba un informe sobre este tema. Según explicaba la AEPD, «las técnicas de reconocimiento facial con fines de identificación biométrica suponen un tratamiento de categorías especiales de datos para los que el Reglamento exige garantías reforzadas«.
Estas categorías especiales requieren que exista un «interés público esencial, recogido en una norma con rango de ley que no existe actualmente en el ordenamiento jurídico». Es decir, para que el reconocimiento facial pudiera tener un mejor amparo legal necesitaría de una ley específica. En base a esto, la Agencia «rechaza que la legitimación reconocida para los sistemas de videovigilancia que sólo captan y graban imágenes y sonidos pueda abarcar tecnologías como el reconocimiento facial».La Agencia Española de Protección de Datos rechaza que la legitimación de los sistemas de videovigilancia (cámaras para grabar robos en los cajeros, por ej) abarque también el reconocimiento facial.
El artículo 48 del Código Penal establece «la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito». En su apartado 4 añade que «el juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan». Una de las opciones es que el usuario condenado consienta la toma de imágenes y la instalación de un sistema de reconocimiento para asegurar que se cumple la decisión, pero se trataría de una decisión puntual como la ocurrida en un jugado de San Sebastián. Difícilmente el sistema de reconocimiento facial de Mercadona obtenga el consentimiento de todos los delincuentes.
Sobre esto nos contesta Borja Adsuara, abogado y consultor en Derecho: «Dando por bueno eso, que tengo mis dudas. Solo será mientras esté vigente la condena. ¿Usted mantiene las fotos por si vuelve dentro de un año? Nos tenemos que fiar que solo es una base de fotos de condenados, no de sospechosos«.
«Lo que tiene que hacer la AEPD es pedir más información, porque transmite muchas dudas», expresa Adsuara. «Hay que analizar si hay legitimación legal. ¿Por qué mantienen una base de datos de fotografías de gente condenada por robar?. Pueden argumentar que se aportaron en su día como prueba de videovigilancia, pero una cosa es que las aportaras y otra cosa es que las conserves. ¿Con qué base legal captan con una cámara de reconocimiento facial la imagen de todos los clientes que entran en Mercadona? Es una premisa muy gorda.»
Jorge Garcia Herrero, abogado especializado en Protección de datos, es de la opinión que desde Mercadona «saben lo que hacen» y por ello tiene «mucha curiosidad por cómo se desarrollará el tema». «Lo que más me interesa es la base de legitimación».
«El caso de Mercadona sería el más importante. Hemos visto experiencias piloto en aeropuertos, pero el de Mercadona sería el primero. Vimos lo que hizo AENA de la mano de Indra e iba por consentimiento, todo se puede mejorar pero no tenía tan mala pinta. Pero esto es totalmente distinto, el problema es que todavía sabemos muy poco», explica Herrero, que manifiesta las mismas dudas que Adsuara.
«Mercadona solo puede tener acceso a la base de datos de los juzgados. Y los juzgados no tienen por qué tener mi cara».
«Necesitas una doble legitimación. La normal para hacer cualquier tratamiento de datos, que no tiene más complicación y la segunda, porque tratas datos biométricos. Hay un tema técnico y es que se distingue identificación y autenticación. En los cacharros que detectan tu huella, la máquina compara tu huella con la guardada. Eso es autenticación. En cambio, si lo que ocurre es que la máquina compara tu huella con la de toda la base, entonces es identificación y es mucho más agravante. Es lo que ocurre con el reconocimiento facial», nos explica Herrero.
Y es que el asunto del reconocimiento facial de Mercadona engloba varios puntos. Por un lado el hecho de realizar la identificación y por otro lado la información necesaria para lograrlo. Así nos explica Jorge García Herrero el segundo punto:
«Aunque no guarde las imágenes, es un tratamiento. La clave es de dónde saca Mercadona las imágenes de los delincuentes. Quién se los da. Mercadona solo puede tener acceso a la base de datos de los juzgados. Y de hecho los juzgados no tienen por qué tener mi cara. ¿De dónde saca Mercadona mi rostro para realizar la comparación?. Salvo que la tuviera en sus cámaras originales, pero Mercadona además tendría que haberlos guardado».
«El único sentido que tendría es que las cámaras fueran operadas por los cuerpos de seguridad del Estado. Si eso fuera así se aplicaría la Ley de Protección de Datos específica. Pero esto no creo que sea así, porque sino también tendríamos lo mismo para El Corte Inglés, Carrefour, etc. Habría que saber más sobre quién gestiona el sistema.»
«Mercadona puede decir que quiere prevenir delitos, pero no son cuerpos de fuerzas de seguridad del Estado. Y según el informe de la AEPD, no podría utilizar el reconocimiento facial para esto. El rollo es que las cámaras captan no solo los potenciales delincuentes, también trata datos del resto», continúa Herrero.
Borja Adsuara recuerda el caso de Cristina Cifuentes; «había infracción porque se había conservado unas imágenes que debían haberse borrado. Se eliminaron de la empresa, pero hubo una copia».
«Hay algunos casos extraordinarios donde hay un interés justificado. Pero aquí no dicen cuál es el interés público esencial. Debe ser una medida proporcionada. ¿Cuántos acusados en firme hay?», expresa Adsuara. «Se están intentando amparar en la videovigilancia. Pero eso es para determinadas zonas, accesos, cajas, donde está admitido. Pero la AEPD ya dice que la videovigilancia no es reconocimiento facial, este requiere una legitimación especial.
«Dicen que no hay tratamiento. Por eso hablan de los 0,3 segundos. Es un tema que me recuerda al de La Liga y los audios. Para llegar hasta ahí sí trataban datos. Mercadona tiene que ir por la premisa de que no trato datos porque lo hago muy rápido. Para eso tendrán que convencer a la gente. O bien por la otra vía, que es ampararse en el interés público general, pero la AEPD dice que no hay norma que establezca este uso».
Para Adsuara, «la violación de la privacidad es como la violación de la intimidad física. De hecho se utilizan términos equivalentes. «Es que fue muy rápido» no es excusa. Respecto al caso de que la orden de alejamiento se aplica para la violencia de género, Adsuara manifiesta igualmente sus dudas; «¿qué ocurre por ejemplo si el delincuente se acerca al supermercado cuando su ex-pareja no está trabajando en ese momento?».
«La referencia a la orden de alejamiento respecto de alguno/a de sus trabajadores/as suena a utilización del tema de la violencia de género para justificar esta medida. Pero tendría que explicar por qué tiene las fotos de esos condenados en procesos de los que no es parte«, explica Adsuara en redes sociales.
«En Mercadona tienen que tener un planteamiento para este tema. Cuando un tema levanta tantas dudas a nivel jurídico, al final se intenta resolver desde un punto de vista técnico. Me imagino que irán por ahí, por el hecho de que tienen una tecnología suficiente rápida», opina Herrero. La tecnología de reconocimiento facial genera enormes dudas entre los expertos y el hecho que Mercadona no haya ofrecido más detalles no ayuda.
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